Cuestionan decreto provincial de ordenamiento territorial

Viernes 20 de marzo de 2009
La Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó la decisión del gobierno provincial de aprobar el ordenamiento territorial a través de un decreto y no por medio de una ley.
Lo hizo mediante un comunicado manifiesta que “un decreto no respeta el espíritu de la Ley, porque la resolución es una herramienta legal no participativa”, en referencia al decreto Nº 2534, publicado el lunes 17 de marzo de 2009 en el Boletín Oficial de la provincia.
Recuerda que la Ley nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos ( N° 26.331), establece que “en un plazo máximo de un año a partir de la sanción de la presente ley, a través de un proceso participativo, cada jurisdicción deberá realizar el Ordenamiento de los Bosques Nativos existentes en su territorio de acuerdo a los criterios de sustentabilidad establecidos en el anexo de la presente ley, estableciendo las diferentes categorías de conservación en función del valor ambiental de las distintas unidades de bosque nativo y de los servicios ambientales que éstos presten”.
Recalca la necesidad de “respetar los tiempos necesarios para asegurar el desarrollo de un proceso participativo, como lo demanda la ley nacional, que establece también que el Fondo Nacional para la Conservación de los Bosques Nativos será distribuido anualmente entre las  jurisdicciones que hayan elaborado y tengan aprobado por ley provincial su Ordenamiento de Bosques Nativos”. De esta manera considera que se trata de “una estrategia para liberar los permisos de desmonte, aún privando a todos los misioneros de recibir el apoyo económico por parte del Fondo de compensación que la ley constituye en su capítulo XI”. Por otra parte señala que este decreto no toma en cuenta los criterios definidos en el anexo de la Ley N° 26.331 dejando de esta manera librado a los desmontes las tierras forestales que por la aptitud de los suelos se puedan utilizar para desarrollar actividades productivas, sin considerar ninguna restricción sobre los valores ambientales, sociales y culturales de las mismas.
No obstante en líneas generales concuerda con el ordenamiento en tres categorías (roja, amarilla y verde). En tanto insisten en que se debe analizar con detenimiento cuáles serán las áreas aún pasibles de conversión, y en la tarea del Ejecutivo de ejecutar programas de promoción e incentivos para restaurar la cubierta forestal nativa de las tierras que integran el Corredor Verde de la Provincia.