Conducta ejemplar y buen concepto en la UP III

Viernes 23 de marzo de 2018
Una huelga de hambre realizada en 2004 era el único punto “negativo” que Carlos Manuel Ramírez (36) tenía anotado en su contra durante su larga estadía dentro de la Unidad Penal III.
Es que según pudo establecer este matutino en base a fuentes de estricta confianza, los informes penitenciarios realizados sobre Ramírez establecían que el interno tenía una conducta ejemplar, un concepto muy bueno y siempre cumplió con todas las normas de convivencia dentro de unidad.
Si bien los informes penitenciarios no son vinculantes con las decisiones judiciales por las cuales los reos acceden a los beneficios, en algunos casos sí son considerados como puntos a tener en cuenta a la hora de evaluar sus procesos de reiserción.
Las fuentes añadieron que la fecha de ingreso de Ramírez a la unidad penal data desde el 10 de marzo de 2003 y allí permaneció durante varios años hasta que con el correr del tiempo fue cumpliendo con los requisitos para obtener salidas transitorias y finalmente la libertad condicional.
Los voceros consultados añadieron que durante sus años de encierro Ramírez siempre mantuvo buena conducta y nunca protagonizó ningún conflicto, excepto la huelga de hambre que llevó adelante en 2004.
En esa oportunidad, Ramírez estuvo dos días sin ingerir alimentos y la medida fue motivada por cuestiones vinculadas al estado de su causa judicial, es decir, que en su decisión no incidió ningún factor de su estadía en la penitenciaría.
Posteriormente, el hombre continuó purgando su pena hasta que en 2011 ingresó al período de prueba y pudo comenzar a gozar del beneficio de las salidas transitorias.
Tal como establece el régimen, las primeras salidas eran de 12 horas y el tiempo se iba extendiendo de manera gradual dependiendo de cómo el reo respondía ante el beneficio.
En sus primeras salidas había anotado como domicilio la casa de una cuñada, hasta que en abril de 2012 modificó este punto y anotó otra vivienda, esta vez en Puerto Esperanza.
Ese inmueble era el de Sandra (36), la mujer con quien había logrado entablar una relación amorosa y con quien finalmente tuvo hijos.
Ramírez cumplió al pie de la letra con todas las condiciones que se le imponían y así fue consiguiendo mayores cantidades de horas, hasta llegar a cumplir el máximo permitido: dos días fuera del penal. No consumir bebidas alcohólicas, no moverse del domicilio registrado y regresar a la cárcel en el horario establecido, algunas de los requisitos básicos para mantener el beneficio.
Después de todo esto, al cumplir las dos terceras partes de su condena, en julio de 2014 estuvo habilitado para solicitar la libertad condicional y el Tribunal Penal Uno -ante la inexistencia en Misiones de Juzgados de Ejecución- decidió aceptar el planteo.
De esa forma, recuperó la libertad y convivió un tiempo junto a su pareja en Puerto Piray, en la misma vivienda donde el último miércoles irrumpió y presuntamente asesinó a la nueva pareja de la mujer.

17

Años de prisión.
Es la condena que el implicado registra en su contra por un homicidio simple. Su pena iba a darse por cumplida en marzo de 2020, pero en 2014 cumplió los requisitos para acceder a la libertad condicional.